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Resolución Nº 1.204, de 2022 dispone medidas sanitarias del 2 al 5 de septiembre con ocasión al plebiscito constitucional

30 de agosto de 2022

Quienes realicen viajes superiores a 200 kilómetros en medios de transporte público o privado sujeto a pago, con ocasión del sufragio en el plebiscito del 4 de septiembre, podrán abordar el medio de transporte exhibiendo, sus datos electorales junto a su respectiva cédula de identidad.

Con fecha 30 de agosto de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 1.204 que «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19».

La norma dispone que, sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales 42 y 43 de la resolución
exenta N° 494, de 2022, del Ministerio de Salud, Plan ’seguimos cuidándonos, paso a paso‘, respecto de la exigencia del Pase de Movilidad, se establece que entre los días 2 a 5 de septiembre del año en curso, ambos días inclusive, las personas que realicen viajes superiores a 200 kilómetros en medios de transporte público o privado sujeto a pago, con ocasión del sufragio en el plebiscito que se celebrará el 4 de septiembre de 2022, podrán abordar el medio de transporte exhibiendo al funcionario del servicio, sus datos electorales junto a su respectiva cédula de identidad.

Lo anterior no aplicará a aquellas personas que deban cumplir aislamiento, conforme a lo indicado en los numerales 7, 11 y 15 de la citada resolución exenta N° 494 de 2022, así como a aquellos que estén en la situación descrita en el numeral 6 de la resolución exenta N° 495, del Ministerio de Salud.