Microjuris Login Support suscríbete
banner

Ley Nº 21.667 modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria

30 de abril de 2024

Este 30 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.667 que «Modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria».

El objetivo de la ley consiste en modificar diversos cuerpos legales para mitigar el alza en las cuentas de la luz. También, busca implementar un subsidio transitorio para el consumo eléctrico de clientes residenciales vulnerables durante 2024-2026.

También considera una reformulación del cargo MPC. Aquí se establece un valor fijo para el cargo, con ajustes semestrales según el IPC, para extinguir los saldos originados por las leyes anteriores, aplicables a todos los clientes regulados a partir de 2025.

Asimismo la ley crea un Mecanismo de Reconocimiento de Generación Territorial. Está orientado a reducir el costo de la energía (40%) para las familias que residen en comunas donde hay instalada una central de generación a carbón.

Por otra parte, se incluye la creación de una mesa técnica de trabajo. Esta permitirá evaluar otras fuentes de financiamiento, a efectos de aumentar el monto anual del subsidio a familias vulnerables. También, favorece el análisis de otras políticas destinadas a disminuir el alza de las tarifas eléctricas para los clientes regulados.

En cuanto al subsidio mencionado, en su artículo sexto transitorio la ley establece que durante los años 2024, 2025 y 2026, el subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica para usuarios residenciales a que se refiere el artículo 151 de la Ley General de Servicios Eléctricos será dispuesto mediante decreto supremo, fundado, expedido a través del Ministerio de Energía, dictado bajo la fórmula ’por orden del Presidente de la República‘, el que deberá ser suscrito además, por el Ministro de Hacienda y el Ministro de Desarrollo Social y Familia. Este subsidio favorecerá a usuarios residenciales pertenecientes a los hogares identificados de acuerdo al instrumento del artículo 5° de la ley N° 20.379, o el instrumento que lo reemplace, que se encuentren al día en el pago de las cuentas por concepto de dicho consumo y según los requisitos que se establezcan en el decreto supremo previamente indicado, en el cual, además, se regulará el procedimiento de concesión, pago y demás normas necesarias para su otorgamiento. Asimismo, este decreto supremo podrá establecer mecanismos alternativos al establecido en los incisos tercero y final del artículo 151 de la Ley General de Servicios Eléctricos.

Durante los años 2024, 2025 y 2026, el Ministerio de Hacienda realizará aportes anuales de 20 millones de dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, al Fondo de Estabilización de Tarifas del artículo 1 de la ley N° 21.472, mediante uno o más decretos expedidos bajo la fórmula ’por orden del Presidente de la República‘, recursos que serán utilizados para los fines establecidos en el presente artículo. Para el financiamiento de este subsidio se podrá destinar hasta un monto anual máximo de 120 millones de dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, del Fondo de Estabilización de Tarifas, establecido en el artículo 212-14 de la Ley General de Servicios Eléctricos, así como los demás recursos que disponga la ley.

Modificaciones legales

La ley modifica los artículos 212-13 y 212-14 del Decreto con Fuerza de
ley N° 4/20.018, promulgado en 2006 y publicado en 2007, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante ’Ley General de Servicios Eléctricos.

También modifica los artículos 2º, 3º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12 y tercero transitorio de la ley N° 21.472, que crea un fondo de estabilización de tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios.

Consulte texto completo de la ley.