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A segundo trámite proyecto sobre fraccionamiento entre sector pesquero artesanal e industria

30 de octubre de 2024

La Sala de la Cámara aprobó, en general y en particular, el proyecto que fija un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial. Este será de carácter permanente y afectará a las cuotas globales de captura de diversas pesquerías.

El texto, enviado a segundo trámite, busca garantizar un desarrollo sostenible e inclusivo de la actividad pesquera. Para ello, se impulsa un modelo de gobernanza que promueva la equidad y transparencia en el uso y conservación de las especies hidrológicas. Se espera abarcar la captura, extracción, caza, recolección y acuicultura, tanto dentro de la jurisdicción nacional como en alta mar.

Para dicha división (que se fija separadamente de la Ley de pesca que se tramita en el Congreso Nacional), el mensaje del Ejecutivo considera los desembarques reales realizados, en consideración a antecedentes científicos y registrales.

En la mayoría de las pesquerías se otorgó más porcentaje a la pesca artesanal. Ello, con el fin de corregir una distorsión arbitraria de la actual Ley de Pesca.

Fraccionamiento propuesto
El proyecto determinó la siguiente distribución de los recursos hidrobiológicos y áreas para el sector pesquero artesanal e industrial:

-Anchoveta y sardina española: desde Arica a Coquimbo; 80% para el sector artesanal y 20% para la industria.
-Anchoveta y la sardina común: desde las regiones de Valparaíso a Los Lagos; 90% para la pesca artesanal y 10% para el sector industrial.
-Merluza común: entre Coquimbo y Los Lagos; 70% al sector artesanal y 30% a la industria.
-Merluza de cola: entre Valparaíso y Magallanes; 15% para la pesca artesanal y 85% para la industrial.
-Merluza del sur (o austral): para la región de Los Lagos; 70% para la pesca artesanal y 30% para el sector industrial. Entre Aysén y Magallanes; 63% para el sector artesanal y 37% para el sector industrial.
-Congrio dorado: entre la Araucanía y Los Lagos;70% para el sector artesanal y 30% para el industrial. Entre Aysén y Magallanes; 63% para el sector artesanal y 37% para el sector industrial.
-Merluza de tres aletas: entre Los Lagos y Magallanes; con 5% para la pesca artesanal y 95% para la industria.
-Camarón nylon: entre Antofagasta y Biobío; 25% a la pesca artesanal y 75% a la industria.
-Langostino colorado: entre Arica y Coquimbo; hasta las 700 toneladas de la cuota global será para la pesca artesanal. Entre las 701 y 2.100 toneladas, el sector artesanal conservará 700 toneladas y el exceso será para el sector industrial. Sobre las 2.100 toneladas, el 30% de la cuota global será para el sector pesquero artesanal y el 70% para el sector industrial.
-Langostino amarillo: área marítima comprendida por las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama y de Coquimbo; 40% para la pesca artesanal y 60% para la pesca industrial.
-Raya: desde La Araucanía a Magallanes; 97% para la pesquería artesanal y 3% para la industria.
-Jibia: a nivel nacional; 90% para la pesca artesanal y 10% para la pesca industrial.

Jurel y Reineta
El Jurel es la principal pesquería nacional en volumen, tanto a nivel económico y comercial. El recurso representa el 80% de la recaudación fiscal por desembarques, según se informó en la Comisión de Pesca.

Respecto al aumento de cuota global de captura del recurso jurel se origina en medidas de administración de la Organización Pesquera del Pacífico Sur, en su fracción industrial. Al respecto, se aplicará como regla que todo aumento de la cuota global igual o inferior al 15% será íntegramente subastado mediante asignación de licencias transables tipo B (sector industrial).

Sobre el tema, se aprobó una cuota dinámica en distintos territorios. De este modo, entre Arica y Antofagasta se establece entre un 80% a 90% para el sector industrial; y entre 20% y 10%, para la pesca artesanal. Entre Atacama y Los Ríos, de 65% a 75% para la pesca industrial; y de 35% a 25%, para la artesanal.

Mientras que, para la región de Los Lagos será entre 80 a 90%, para la industria, y de 20 a 10%, para la pesca artesanal.

Por otra parte, el texto incluyó, a petición de diputadas y diputados de la comisión, la pesquería de la reineta. Esta es una especie migratoria y no tiene fraccionamiento actual. Así, quedó establecida una división de 90% para la pesca artesanal y 10% para la industria.

Ver boletín N° 17096 aquí.
(Fuente: poder judicial)