La ley N° 21.683 busca complementar, modernizar y adecuar a los nuevos escenarios políticos y sociales la normativa del manejo fiscal responsable y consistente en el cuidado de las cuentas fiscales para el desarrollo del país y sus habitantes, mediante nuevas herramientas que permitan robustecer más la institucionalidad de las finanzas públicas, fortaleciendo su calidad y transparencia. El proyecto fue ingresado al Congreso en septiembre de 2021. A lo largo de su tramitación entre 2023 y 2024, el Ejecutivo presentó dos paquetes de indicaciones, que consideraron ideas planteadas en reuniones de trabajo entre asesores parlamentarios, el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) y equipos del Ministerio de Hacienda y Dipres. En concreto, la ley N° 21.683, consta de 4 artículos y un artículo transitorio. El artículo 1° modifica la ley N° 20.128, sobre responsabilidad fiscal; el artículo 2° modifica la Ley N° 21.148, que crea al Consejo Fiscal Autónomo; y el artículo 3° modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio de Hacienda, que refunde en un solo fondo los recursos adicionales de estabilización de los ingresos fiscales a que se refiere el decreto ley Nº 3.653, de 1981, y los del fondo de compensación para los ingresos del cobre, constituido conforme al convenio de préstamo BIRF Nº 2.625 CH y fija la normativa para su operación. Vigencia Las modificaciones incorporadas en el artículo 5 de la ley N° 21.148, que crea al Consejo Fiscal Autónomo, introducidas por el numeral 2 del artículo 2, entrarán en vigencia el primer día del sexto mes desde la publicación de la presente ley. Consulte ley N° 21.683 aquí. Consulte boletín Nº14615-05 aquí.
En particular la propuesta:
El artículo transitorio establece que las modificaciones realizadas en la ley N° 20.128 sobre responsabilidad fiscal, entrarán en vigencia a contar del primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, con las excepciones establecidas en los numerales siguientes: