La Sala de la Cámara aprobó y despachó al Ejecutivo un nuevo proyecto de la agenda de seguridad. Se trata de la propuesta que sanciona el porte injustificado de combustible en reuniones en lugares públicos. La Corporación aprobó las modificaciones del Senado que pasaron por suprimir dos normas de la iniciativa despachada en el primer trámite. La primera de ellas introducía una nueva falta en el Código Penal. Ella castigaba a quien, injustificadamente, en el contexto de reuniones en lugares de uso público, portara combustible apto para cometer atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas. La multa planteada a esta situación era de diez a veinte UTM. Se contemplaba aplicar siempre y cuando la persona no pudiese proporcionar una explicación razonable para su porte. La segunda norma suprimida en el Senado permitía a las policías detener a las personas que incurrían en la falta mencionada. Sanción penal En el Senado solo se mantuvo la disposición penal que se introdujo en la Cámara vía indicación, aprobada al momento de las votaciones. Tal precepto sanciona con presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) a quien, en el contexto de reuniones en lugares de uso público, porte injustificadamente combustible apto para cometer atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas. Consulte boletín 15956. (Fuente: Cámara).