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Comisión de Constitución aprobó que se legisle para tipificar el contrabando de dinero como delito

28 de agosto de 2023

La propuesta, en segundo trámite, tipifica el delito de contrabando de dinero. Propone incorporar una nueva hipótesis de contrabando, contemplando la importación o exportación de mercancía de procedencia ilícita (vinculadas a la comisión de delitos).

Aumenta las penas del delito de contrabando y el tiempo de prescripción (de acuerdo a las reglas generales). Además, permite al Ministerio Público iniciar una investigación, en algunos casos por delito de contrabando.

También, limita la facultad de aduanas para renunciar a la acción penal. Asimismo, incluye como delito base del lavado de activo todos los delitos de contrabando y el delito de declaración maliciosa en la exportación.

Delito de contrabando
La comisión escuchó al subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, quien valoró la iniciativa y aseguró que es un ’avance sustancial‘.

Asimismo, el personero explicó que, en la actualidad, incurre en el delito de contrabando quien introduzca o exporte mercancías sin pagar los derechos de aduana a que están sometidas legalmente o internando mercadería de importación prohibida.

Agregó que este delito contempla una pena de multa de 1 a 5 veces el valor de la mercancía. Así, como una pena de privación de libertad, que varía dependiendo del valor de la mercancía (va desde los 61 días hasta los 5 años).

El subsecretario también explicó que la Ley 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, exige que se informe todo porte o transporte de moneda en efectivo, desde y hacia el país, por valores sobre 10.000 USD.

Añadió que el Servicio Nacional de Aduanas fiscaliza estas acciones y, si existen operaciones sobre el monto señalado, envía el reporte a la UAF y al SII.

En este contexto, afirmó que la regulación es insuficiente, debido a que conlleva solamente una infracción reglamentaria.

Regulación

Desde la Fiscalía valoraron el proyecto de ley y resaltaron que ’se hace cargo de una laguna normativa criminal‘. Destacaron que el proyecto permita la persecución penal de la introducción o extracción del territorio nacional de dinero y otros instrumentos negociables al portador por un valor superior a 10.000 USD o equivalentes.

Por otra parte, resaltaron la importancia de que se regule como un contrabando especial en el art. 168 bis de la Ordenanza de Aduanas y no el art. 168.

La comisión acordó iniciar la votación en particular del proyecto el próximo lunes 4 de septiembre.

Ver boletín N° 15252 aquí.

(Fuente: Cámara)