CIVIL – CIVIL – JUICIO EJECUTIVO – TITULO EJECUTIVO – ACTUACION DE OFICIO – FACULTADES Y DEBERES DEL JUEZ – FISCO DE CHILE – JUICIO DE HACIENDA – CASACION DE OFICIO – SENTENCIA DE REEMPLAZO – Los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil otorgan al juez la facultad de examinar el título y despachar o denegar la ejecución, aun sin audiencia ni notificación del demandado una vez interpuesta la demanda ejecutiva. Al respecto, no corresponde ejercitar tales atribuciones en la demanda ejecutiva intentada, fundado en causales distintas a las que expresamente fueron contempladas en la ley, como acontece en la especie en que el juez basó su examen en considerar que era aplicable el procedimiento de hacienda y no el ejecutivo para tramitar la demanda ejecutiva deducida en contra… DERECHO PÚBLICO – RECURSO DE PROTECCIÓN – DERECHO A LA INTEGRIDAD FISICA – VIALIDAD – ACTO ILEGAL Y ARBITRARIO – MANTENIMIENTO DE CALLES Y CAMINOS – MEDIDAS DE SEGURIDAD – RECURSO DE APELACION – RECHAZO DEL RECURSO – DISIDENCIA – La falta de fiscalización oportuna para prevenir el riesgo de derrumbe y la demora en la ejecución de obras de reparación compromete la seguridad de los usuarios y afecta el derecho a la vida e integridad física. PENAL – PENAL – CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD – SECUESTRO DE PERSONAS – DERECHOS HUMANOS – PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS – PRUEBA – RECURSO DE REVISIÓN – RECURSO ACOGIDO – Certificaciones institucionales ubican al condenado a miles de kilómetros de los hechos, por lo que satisfacen el estándar del recurso de revisión y revelan que el fallo previo se dictó sin reunir todos los antecedentes exculpatorios indispensables. LABORAL – LABORAL – MULTA LABORAL – CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO – MODIFICACIÓN DEL CONTRATO – FIRMA – RECURSO DE NULIDAD – RECHAZO DEL RECURSO – Un correo electrónico de confirmación no importa «firma», en los términos a que se refiere el legislador en el artículo 11 del Código del Trabajo. En efecto, la firma o rúbrica constituye un rasgo o conjunto de rasgos, realizados siempre de la misma manera, que identifican a una persona y sustituyen a su nombre y apellidos para aprobar o dar autenticidad a un documento. Ahora bien, lo que el legislador ha perseguido al exigir la firma en el documento escrito en que conste una modificación al contrato del trabajo es que exista certeza en orden a que el trabajador ha consentido en la modificació… – LABORAL – ENFERMEDAD PROFESIONAL – INDEMNIZACION DE PERJUICIOS – FUNCIONARIOS PUBLICOS – APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY – COMPETENCIA – JUZGADOS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL – RECURSO DE UNIFICACION DE JURISPRUDENCIA – RECURSO ACOGIDO – DISIDENCIA – Los funcionarios públicos pueden demandar por los perjuicios derivados de una enfermedad profesional o accidente laboral a través del procedimiento establecido en el Código del Trabajo.Capitalex SpA c/ Fisco de Chile – Corte Suprema – Primera Sala
Junta de Vecinos de Villa Comuy y otro c/ Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas y otro – Corte Suprema – Tercera Sala
Frioli Otonel – Corte Suprema – Segunda Sala
Administradora Plaza S.A. c/ Inspección Provincial del Trabajo de Santiago – Corte de Apelaciones de Santiago – Décima Sala
Quijada c/ Hospital de Niños Roberto del Río y otros – Corte Suprema – Cuarta Sala
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