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Elecciones primarias presidenciales 2025

27 de junio de 2025

Las elecciones primarias del pacto Unidad por Chile se llevarán a cabo este domingo 29 de junio de 2025, en horario continuado de 08:00 a 18:00 horas.

Objeto de votación
Se elige al candidato presidencial oficialista entre cuatro postulantes:
-Gonzalo Winter (Frente Amplio)
-Jeannette Jara (Partido Comunista)
-Carolina Tohá (PPD)
-Jaime Mulet (Federación Regionalista Verde Social)

Quiénes pueden participar
Ciudadanos independientes o militantes de los ocho partidos que integran el pacto (PS, FA, PL, FRVS, PPD, PR, PC, AH).
No pueden votar afiliados a partidos no pactados ni personas legalmente inhabilitadas.

Carácter del voto
La votación es voluntaria, excepto para quienes hayan sido designados como vocales de mesa, quienes sí están obligados a concurrir.

Padrón electoral y mesa
El padrón incluye aproximadamente 15.499.071 personas (incluye 15,26 millones de independientes más 236 599 militantes pactados).
Están designados cerca de 82.560 vocales de mesa (81 900 en Chile y 660 en el extranjero).
Hay 2.074 locales de votación en el país y 119 en el exterior.

Voto en el extranjero
Los chilenos residentes en otros países están habilitados para sufragar en los locales dispuestos por el Servel (generalmente consulados), utilizando la misma cédula única y lápiz azul. La ubicación de la mesa se publicó desde el 7 de junio.

Facsímil de cédula electoral
El Servel ha publicado el facsímil digital de la cédula única, que incluye los cuatro candidatos y permite familiarizarse con su formato pinchando aquí.

Plazo de cambio de domicilio electoral
El plazo para actualizar domicilio vence el 28 de junio, como parte de los preparativos finales de cara a las primarias y a las elecciones de noviembre.

Circular número 29

En el marco de las elecciones primarias presidenciales, el Ministerio del Interior emitió la Circular N° 29, en la cual se fijan las disposiciones relativas al orden público conforme a la normativa electoral vigente. El documento, publicado en el Diario Oficial bajo, establece la coordinación entre autoridades civiles y policiales, delimitando competencias específicas para el resguardo del proceso eleccionario.

Las medidas se dictan en virtud de lo dispuesto en las leyes N° 18.700 y N° 20.640, y abarcan desde la designación de Jefes de Fuerza Regionales hasta disposiciones especiales para el funcionamiento de locales de votación en recintos penitenciarios.

A contar de las 00:00 horas del viernes 27 de junio y hasta la conclusión de las funciones de los colegios escrutadores, las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile asumirán el resguardo del orden público, bajo las directrices impartidas por el Ministerio de Defensa y conforme al mandato de la ley N° 18.700. Asimismo, se faculta la cooperación de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería en los recintos penitenciarios.

Las Juntas Electorales, Mesas Receptoras y Colegios Escrutadores contarán con independencia funcional, siendo sus miembros inviolables en el ejercicio de sus atribuciones. Las Fuerzas encargadas del orden público sólo podrán intervenir a requerimiento escrito de las autoridades electorales competentes.

La normativa prohíbe expresamente manifestaciones públicas de carácter electoral desde el viernes 27 y hasta cuatro horas después del cierre de la votación. Asimismo, se suspenden espectáculos masivos, se regulan estrictamente los traslados de sustancias peligrosas, y se permite restringir el porte de armas durante el periodo eleccionario.

Respecto de la propaganda electoral, se reitera su prohibición desde las 24:00 horas del jueves 26 de junio, y se establecen límites geográficos y materiales para su difusión. Además, se especifican reglas para el funcionamiento de sedes de partidos políticos, que sólo podrán operar si fueron declaradas con al menos quince días de antelación.

Finalmente, se dictan protocolos especiales para garantizar el ejercicio del sufragio en establecimientos penitenciarios, incluyendo coordinación con Gendarmería, identificación de apoderados, resguardo del secreto del voto y reglas de ingreso para observadores y funcionarios.

Estas disposiciones buscan garantizar el normal desarrollo del proceso electoral primario, resguardando el derecho a sufragio y la seguridad pública en todo el territorio nacional.

Ver circular N° 29 aquí.