La Ley N° 21.708, que tuvo su origen en una moción parlamentaria, consta de un artículo único, que modifica el artículo 30 de la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores. Consulte la Ley N° 21.708 aquí.
La normativa obliga a los proveedores de servicios de telecomunicaciones a informar a los usuarios sobre la existencia de planes objetivamente mejores (mismo precio o menor) una vez que el plan actual haya entrado en servicio. Esta comunicación debe hacerse en la boleta y complementariamente por correo electrónico (con consentimiento previo del usuario).
Requiere que los proveedores mantengan actualizada la información sobre planes y precios en su sitio web y aplicaciones. Asimismo, prohíbe a los proveedores cobrar multa o recargo por el cambio de plan.