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Buscan extender plazo de inscripción del matrimonio religioso ante el Registro Civil

08 de junio de 2023

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y despachó a la Sala el proyecto de ley que extiende el plazo de inscripción del matrimonio religioso ante el Registro Civil.

La iniciativa tiene como objetivo facilitar a los contrayentes el cumplimiento de los requisititos exigidos, para reconocer efectos civiles al matrimonio religioso.

En concreto, el texto del proyecto modifica el artículo 20 de la Ley de Matrimonio Civil. Eleva de 8 a 45 días el plazo para ratificar el consentimiento ante el oficial del registro civil.

Respecto del matrimonio religioso, en los fundamentos del texto se indica que los matrimonios celebrados ante entidades religiosas, que gocen de personalidad jurídica de derecho público, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil. Ello siempre que cumplan con los requisitos contemplados en la ley, en materia de inscripción ante un oficial del Registro Civil. Se recuerda que el acta que otorgue la entidad religiosa establece, para su validez, requisitos como el nombre y la edad de los contrayentes, testigos y la fecha de su celebración.

Cabe recordar que hoy esta debe ser presentada por uno de los cónyuges ante cualquier Oficial del Registro Civil, dentro de ocho días, para su inscripción. Si ello no se realiza en el plazo fijado, tal matrimonio no producirá efecto civil alguno. Para los nuevos cónyuges resulta muy difícil realizar este trámite, pues después de contraer el matrimonio, se les exige acudir personalmente al registro civil dentro de los citados 8 días.

El texto sostiene que en la mayoría de los casos ello resulta muy complejo. Lo anterior porque coincide con una costumbre ampliamente extendida en las familias chilenas denominada ’luna de miel‘, lo que justifica la ampliación del plazo.

Consulte Boletín 19947.

(Fuente: Cámara).