La ley tiene por objeto fortalecer la institución policial, creando más de 1.200 nuevos cargos de Agente Policial y establece una nueva categoría de “Agentes Policiales Estudiantes” con 250 plazas. Agentes Policiales Estudiantes Los Agentes Policiales Estudiantes son una nueva categoría creada por la Ley N° 21.731 dentro de la estructura de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI). Esta figura representa una innovación importante en el sistema de formación y reclutamiento de la institución. Las disposiciones transitorias establecen un proceso ordenado de reencasillamiento por antigüedad y abren la posibilidad para que personal a contrata y a jornal pueda acceder a la planta permanente, bajo ciertas condiciones. Leyes modificadas Vigencia Ver ley N° 21.731 aquí.
busca fortalecer la institución policial, crea más de 1.200 nuevos cargos de Agente Policial y establece una nueva categoría de “Agentes Policiales Estudiantes” con 250 plazas.
Entre los cambios más relevantes destaca la eliminación del grado 18, el más bajo de la escala, cuyos funcionarios serán reencasillados automáticamente en el grado 17. La ley también contempla un aumento gradual de plazas que se implementará a partir del noveno año de vigencia.
“Esta normativa representa un importante avance para la carrera funcionaria dentro de la PDI, estableciendo mejores condiciones laborales y un sistema de formación más estructurado”, explicó una fuente del Ministerio del Interior consultada por este medio.
Según lo establecido en la ley, los Agentes Policiales Estudiantes:
-Constituyen un escalafón separado, específicamente creado como etapa formativa.
-Se crean 250 plazas en el grado 20 (el más bajo de la escala) para esta categoría.
-Deben contar con licencia de enseñanza media o su equivalente para ingresar.
-Reciben un sueldo mensual equivalente al grado 20, del cual el 75% del remanente (después de descuentos previsionales) es percibido por el establecimiento formativo y el 25% por el estudiante.
-Son designados mediante resolución de la Dirección General, a propuesta del Centro de Capacitación Profesional de la PDI.
-Deben aprobar el curso de formación impartido por el Centro de Capacitación Profesional para poder ingresar posteriormente al escalafón de Agentes Policiales.
-En caso de invalidez por accidente en acto de servicio o durante su formación, tendrían derecho a una pensión calculada sobre el sueldo de Agente Policial grado 14.
Este nuevo escalafón representa un paso intermedio entre el reclutamiento y el ingreso formal a la carrera de Agente Policial, formalizando el proceso de formación inicial y otorgando un estatus legal definido a quienes se encuentran en esta etapa de capacitación.
El financiamiento inicial será cubierto por los Ministerios del Interior y Seguridad Pública y del Trabajo y Previsión Social, según establece el artículo tercero transitorio de la ley.
Esta modernización se enmarca dentro de las iniciativas del gobierno para fortalecer las instituciones policiales del país.
-Ley N° 19.586 que Establece Plantas de la Policía de Investigaciones de Chile.
-Decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile.
-Decreto ley N° 2.460, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile.
La ley tiene vigencia inmediata desde la fecha de su publicación en el diario oficial.



