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7º Juzgado de Garantía de Santiago condena a autor de injurias graves con publicidad al pago de una multa de 11 UTM

23 de mayo de 2023

Se aplicará solamente una pena pecuniaria, entendiendo que la pena de privación de libertad puede conculcar el derecho al ejercicio periodístico del imputado y mermar su libertad de expresión.

En juicio oral simplificado, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago condenó, en costas, a V.A.H al pago de una multa de 11 UTM, en calidad de autor del delito consumado de injurias graves por escrito y con publicidad. Ilícito perpetrado en agosto del año pasado.

La magistrada dio por acreditado, que el 11 de agosto de 2022, en un portal de noticias se publicó una nota a la que se le insertó la imagen del general L.L., vistiendo el uniforme institucional y del querellante C.I., con ropa de civil. Nota periodística que contenía una serie de afirmaciones, sin haber comprobado la veracidad de dicha información.

El fallo señala que, si bien el querellado refiere haber entrevistado varias fuentes de distinta procedencia, cuando se le consulta por la propia defensa sobre si las fuentes Oficiales entrevistadas confirmaron las preguntas o la información, indica que «no las negaron», careciendo completamente de otro tipo de fundamento o verificación de los hechos, sino limitándose a difundir rumores o habladurías que se dan por ciertas y sin efectuar ninguna confirmación o comprobación.

En base a lo anterior, la sentencia establece que dentro del ejercicio periodístico se hicieron aseveraciones falsas, sin verificar la información y sin entregar datos comprobables, generando una noticia que después tuvo repercusión a nivel nacional y que efectivamente afectó la reputación del querellante, tanto en su labor profesional como en su vida personal.

En cuanto a la determinación de la pena, la magistrada consideró que, se aplicará solamente una pena pecuniaria, entendiendo que la pena de privación de libertad puede conculcar el derecho al ejercicio periodístico del imputado y mermar su libertad de expresión.

Finalmente, en cuanto a la determinación de la multa, teniendo presente que la defensa no hizo alegaciones ni presentó documentos o antecedentes que den cuenta de la situación económica del imputado, sin perjuicio que lo beneficia su irreprochable conducta anterior, se aplicará el mínimo de lo establecido en la norma legal.

Consulte texto completo de la sentencia.

(Fuente: Poder Judicial).