Este martes 28 de marzo la Cámara de Diputados despachó a segundo trámite el proyecto de Ley, Boletín N° 15560-07, que “Modifica la ley N°17.798, sobre control de armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos“ Por 147 votos a favor, la Sala de la Cámara aprobó el texto que modifica el artículo 17 B de la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, estableciendo un tipo especial del siguiente tenor: “Si los delitos de porte de armas o artefactos descritos en el inciso primero del artículo 9 y en el artículo 14 se cometieren en lugares altamente concurridos, tales como la vía pública, edificios públicos o de libre acceso al público, ferias libres, mercados, centros comerciales, eventos deportivos o espectáculos, o dentro de medios de transporte público, instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles, de instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica, portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes subterráneos, u otros lugares semejantes, se impondrá al responsable la pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo, si ella consta de dos o más grados, o de su mitad inferior, si la pena es de un grado de una divisible”. (Fuente: Cámara)
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