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Corte Suprema rechazó recurso de empresa que buscaba unificar jurisprudencia sobre práctica antisindical

10 de marzo de 2023

Impugnación buscaba pronunciamiento sobre la exigencia de acreditar la concurrencia de un elemento subjetivo en la conducta descrita en el artículo 289 letra a) del Código del Trabajo.

En días recientes la Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por una empresa contra la sentencia que desestimó un recurso de nulidad confirmando la sentencia del grado que la condenó por práctica antisindical mediante despido, toda vez que los elementos que pretendía se unificaran, renuncia de acciones del artículo 489 Inc 7° del Código del Trabajo; y la necesidad de acreditar la concurrencia de elemento subjetivo en la práctica antisindical del Art. 489 letra a) del mismo cuerpo legal, no fueron objeto del fallo impugnado. Así los sentenciadores expresaron que “como puede apreciarse, lo que se pide unificar no es una cuestión susceptible de ser uniformada por este tribunal, pues no se refiere a alguna materia de derecho objeto del juicio, que estriba en la existencia de una práctica antisindical, sino en una cuestión de orden procesal que escapa al ámbito del arbitrio, atendida su finalidad sustantiva”. Además, respecto de la segunda materia expresó “el recurrente además propone una segunda materia a unificar, a saber, ’La correcta interpretación de la letra a) del artículo 289 del Código del Trabajo, en particular, si la norma exige acreditar un elemento subjetivo para que se configuren las prácticas antisindicales señaladas en su parte final, y en su mérito, se pueda considerar un despido como antisindical; o bien, si únicamente basta con acreditar elementos fácticos, sin que sea necesario verificar una intencionalidad… Que, hecho el análisis que imponen las normas mencionadas en el considerando segundo, aparece que el recurso, en este aserto, tampoco podrá prosperar ya que en el fallo que lo motiva no existe pronunciamiento sobre la materia de derecho respecto de la cual se pretende la unificación de jurisprudencia”
(Fuente: Poder Judicial)

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